¿La entrega del paquete es siempre en el domicilio indicado?Actualizado hace 23 días
¿La entrega del paquete es siempre en el domicilio indicado?
Normalmente se cumple que la entrega se haga justo en la dirección indicada, pero al ser un servicio de una empresa externa, en los contratos alegan que el servicio estándar consiste en la entrega del paquete en el portal o acceso a pie de calle de la dirección indicada. Podrán hacer un intento de entrega en dicho domicilio, pero en caso de estar ausente o no ser posible la entrega, el transporte dejaría el paquete en un Service Point y avisaría al cliente para poderlo recoger en la dirección de este punto de entrega.
De acuerdo con la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías (art. 33 y 36), y con las condiciones generales de las empresas de transporte, estas no están obligadas a subir el paquete al piso, vivienda o local del destinatario cuando existan impedimentos como ausencia de ascensor, peso o volumen del bulto, u otras características del inmueble que dificulten la entrega directa. En estos casos, el transportista podrá dejar el paquete a pie de calle, en el portal, o proponer una entrega alternativa (punto de recogida, delegación local, etc.).
Si el cliente necesita un servicio de entrega especial (subida a planta, entrega en mano dentro del domicilio, etc.), deberá asumir un coste adicional según las tarifas de la empresa de transporte.